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Leipzig vs. Arras - Comparación de tamaños
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Leipzig
Arras

Leipzig vs Arras

Leipzig
Arras
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Leipzig

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población 0

Informaciones

Leipzig (pronunciación en alemán: /ˈlaɪptsɪç/ ( escuchar)) o Lipsia, en castellano arcaico, es una ciudad alemana en el noreste del estado de Sajonia. Con 571 088 habitantes[2]​ a finales de diciembre 2016 era la ciudad más poblada de ese estado federado. Ya en el año 1165 recibió el derecho de ciudad y de mercado (ahora recinto ferial). La ciudad tiene una larga tradición de recinto ferial y una de las ferias más antiguas (1190) de Europa. Junto con Fráncfort del Meno es Leipzig el centro histórico de la imprenta y el comercio. Además, cuenta con una de las universidades —tanto clásica como de música— más antiguas de Alemania.



En las últimas décadas, Leipzig fue uno de los centros de las manifestaciones de los lunes (Montagsdemonstrationen) de 1989, las cuales dieron el impulso necesario a la reunificación alemana.[3]​ La ciudad de Leipzig tiene una gran tradición musical, debido, entre otros, a Johann Sebastian Bach, Richard Wagner y Felix Mendelssohn. La Orquesta de la Gewandhaus y el Coro de Santo Tomás han engrandecido la fama de la ciudad en el mundo de la música.

Fuente: Wikipedia
cambio

Arras

estadoNord-Pas-de-Calais and Picardy

país

France
capital
población 41322
código postal62000

Informaciones

Este artículo trata de las fianzas a cuenta de una operación de compraventa; para la ciudad picarda, véase Arrás (Paso de Calais).El contrato de arras o arras, también conocido como anticipo, es un contrato privado donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes muebles o inmuebles (como podría ser una vivienda o un automóvil), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro. Existen tres tipos de arras en función de la intención de las partes: Confirmatorias: como parte de pago del precio total. Si una de las partes no cumple, la otra puede exigirle el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Penitenciales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa. Penales: cantidad que perderá el comprador. No obstante, el comprador no se desliga de la obligación incumplida, que puede ser exigida coactivamente. A diferencia de las arras penitenciales, el vendedor no podrá desistir del contrato. No dejan de ser una cláusula penal entregada anticipadamente, luego se aplicará su normativa.En el Contrato de Arras[1]​ deberá aparecer todo lo acordado entre el comprador y el vendedor. Como regla general, este contrato deberá contemplar como mínimo: Datos personales de comprador y vendedor, con sus correspondientes documentos de identidad. Una descripción de la vivienda. Es evidente que si vamos a firmar un Contrato de Arras como paso previo al contrato de compraventa, tendrá que describirse la propiedad que queremos comprar para que no haya lugar a dudas.



En este sentido, el Contrato de Arras deberá contener datos como la ciudad en la que se encuentra la vivienda, dirección, la superficie… y sin olvidar señalar si existe por ejemplo un garaje o un trastero. Precio final por el que va a adquirir la vivienda. Cantidad de dinero que se pagará en concepto de señal, especificando de forma clara que dicha cantidad es a cuenta de la compra venta de la propiedad y que se descontará del precio final de la vivienda en el momento de firmar la escritura. Recuerda además que si la vivienda es de nueva construcción, esta cantidad tendrá que estar gravada con el 10% de IVA. Tiempo máximo para formalizar la venta. Posibles cargas de la propiedad. Reparto de los gastos de compraventaEn el caso que la parte compradora no desee continuar adelante con el contrato y no hayan mediado arras, el vendedor debe requerir al comprador para que cumpla su obligación. En el caso de que este no lo haga, procederá a resolver el contrato, debiendo valorarse por el Juez la cantidad que debe devolver el vendedor al comprador. La gente normalmente confunde arras y señal, y es frecuente ver en los contratos los dos términos colocados uno detrás del otro, cuando ambos tienen un significado y, sobre todo, unas obligaciones, totalmente distintas. En caso de discrepancia el concepto que prima es el de la primera acepción, excepto si del contenido del contrato se desprende que no es ese el significado. A veces puede pasar que en el enunciado del contrato se haga constar la palabra arras, pero luego en el desarrollo del contrato no exista tal concepto, constando tan solo diferentes plazos de entrega y fecha de vencimiento.

Fuente: Wikipedia

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