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Accra vs. Arras - Comparación de tamaños
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Ubicación Accra Arras

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Accra
Arras

Accra vs Arras

Accra
Arras
cambio

Accra

estadoGreater Accra Region

país

Ghana
capital
población 2388000

Informaciones

Acra[1]​ (en inglés, Accra; en akánico, Nkran; en dagbani, Ankara) es la mayor ciudad de Ghana y su capital desde 1877. Es a su vez la capital de la región de Gran Acra, y del distrito de la zona metropolitana de Acra.[2]​ lo mismo que el centro administrativo, de comunicaciones y económico del país. Alrededor del 70 % de la capacidad de manufactura nacional se encuentra en este distrito.[3]​ Alberga edificios que muestran la transición desde los suburbios del siglo XIX hasta la moderna metrópoli que es hoy en día.



La ciudad tiene 185 km² (kilómetros cuadrados) de extensión y cuenta con 2 450 000 habitantes habitantes según el censo de 2010 (4 010 054 en el área metropolitana, que es de 200 km², aproximadamente).[4]​ En ella, hay sitios de cultura y educación como el Museo y el Teatro Nacional, el mausoleo de Kwame Nkrumah y la Universidad de Ghana, situada en Legon, a 14 km (kilómetros) al norte.

Fuente: Wikipedia
cambio

Arras

estadoNord-Pas-de-Calais and Picardy

país

France
capital
población 41322
código postal62000

Informaciones

Este artículo trata de las fianzas a cuenta de una operación de compraventa; para la ciudad picarda, véase Arrás (Paso de Calais).El contrato de arras o arras, también conocido como anticipo, es un contrato privado donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes muebles o inmuebles (como podría ser una vivienda o un automóvil), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro. Existen tres tipos de arras en función de la intención de las partes: Confirmatorias: como parte de pago del precio total. Si una de las partes no cumple, la otra puede exigirle el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Penitenciales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa. Penales: cantidad que perderá el comprador. No obstante, el comprador no se desliga de la obligación incumplida, que puede ser exigida coactivamente. A diferencia de las arras penitenciales, el vendedor no podrá desistir del contrato. No dejan de ser una cláusula penal entregada anticipadamente, luego se aplicará su normativa.En el Contrato de Arras[1]​ deberá aparecer todo lo acordado entre el comprador y el vendedor. Como regla general, este contrato deberá contemplar como mínimo: Datos personales de comprador y vendedor, con sus correspondientes documentos de identidad. Una descripción de la vivienda. Es evidente que si vamos a firmar un Contrato de Arras como paso previo al contrato de compraventa, tendrá que describirse la propiedad que queremos comprar para que no haya lugar a dudas.



En este sentido, el Contrato de Arras deberá contener datos como la ciudad en la que se encuentra la vivienda, dirección, la superficie… y sin olvidar señalar si existe por ejemplo un garaje o un trastero. Precio final por el que va a adquirir la vivienda. Cantidad de dinero que se pagará en concepto de señal, especificando de forma clara que dicha cantidad es a cuenta de la compra venta de la propiedad y que se descontará del precio final de la vivienda en el momento de firmar la escritura. Recuerda además que si la vivienda es de nueva construcción, esta cantidad tendrá que estar gravada con el 10% de IVA. Tiempo máximo para formalizar la venta. Posibles cargas de la propiedad. Reparto de los gastos de compraventaEn el caso que la parte compradora no desee continuar adelante con el contrato y no hayan mediado arras, el vendedor debe requerir al comprador para que cumpla su obligación. En el caso de que este no lo haga, procederá a resolver el contrato, debiendo valorarse por el Juez la cantidad que debe devolver el vendedor al comprador. La gente normalmente confunde arras y señal, y es frecuente ver en los contratos los dos términos colocados uno detrás del otro, cuando ambos tienen un significado y, sobre todo, unas obligaciones, totalmente distintas. En caso de discrepancia el concepto que prima es el de la primera acepción, excepto si del contenido del contrato se desprende que no es ese el significado. A veces puede pasar que en el enunciado del contrato se haga constar la palabra arras, pero luego en el desarrollo del contrato no exista tal concepto, constando tan solo diferentes plazos de entrega y fecha de vencimiento.

Fuente: Wikipedia

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