Abu Dhabi | |
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estado | Abu Dhabi Emirate |
país | United Arab Emirates |
capital | |
población | 921000 |
Abu Dabi[1] (en árabe, أبوظبي ʼAbū Ẓabī, literalmente 'Padre de una gacela')[2] es la capital y segunda ciudad más poblada de los Emiratos Árabes Unidos, así como del emirato homónimo. Abu Dabi se encuentra en una isla en forma de T al sureste del golfo Pérsico. El emirato en sí cubre una superficie de 67 340 km² y tenía una población de 860 000 habitantes en 2007.[3]
Abu Dabi aloja importantes oficinas del gobierno federal y es la sede del Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos, así como sede de la familia real emiratí. Abu Dabi ha crecido hasta convertirse en una metrópolis cosmopolita. Su rápido desarrollo y urbanización, junto con la relativamente elevada renta media de su población, han impulsado una transformación de Abu Dabi en la última década del siglo XX y primera del XXI. A comienzos del siglo XXI, la ciudad es el centro de la vida política del país, de las actividades industriales y de gran tradición cultural.
Arras | |
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estado | Nord-Pas-de-Calais and Picardy |
país | France |
capital | |
población | 41322 |
código postal | 62000 |
Este artículo trata de las fianzas a cuenta de una operación de compraventa; para la ciudad picarda, véase Arrás (Paso de Calais).El contrato de arras o arras, también conocido como anticipo, es un contrato privado donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes muebles o inmuebles (como podría ser una vivienda o un automóvil), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro.
Existen tres tipos de arras en función de la intención de las partes:
Confirmatorias: como parte de pago del precio total. Si una de las partes no cumple, la otra puede exigirle el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Penitenciales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa.
Penales: cantidad que perderá el comprador. No obstante, el comprador no se desliga de la obligación incumplida, que puede ser exigida coactivamente. A diferencia de las arras penitenciales, el vendedor no podrá desistir del contrato. No dejan de ser una cláusula penal entregada anticipadamente, luego se aplicará su normativa.En el Contrato de Arras[1] deberá aparecer todo lo acordado entre el comprador y el vendedor. Como regla general, este contrato deberá contemplar como mínimo:
Datos personales de comprador y vendedor, con sus correspondientes documentos de identidad.
Una descripción de la vivienda. Es evidente que si vamos a firmar un Contrato de Arras como paso previo al contrato de compraventa, tendrá que describirse la propiedad que queremos comprar para que no haya lugar a dudas.
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